Municipalidad: Busca Director de Admin. y Finanzas, Jefe de Medio Ambiente Aseo y Ornato. - Catemu Noticias

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sábado, 7 de diciembre de 2019

Municipalidad: Busca Director de Admin. y Finanzas, Jefe de Medio Ambiente Aseo y Ornato.


Municipaldad: Concurso público para Director de Admin. y Finanzas, Jefe de Medio Ambiente Aseo y Ornato.

Debes ingresar a la página http://www.municatemu.cl/ y descargar las bases, la fecha de postulación vencen el 13 de Diciembre (2019).

I. IDENTIFICACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD 
Municipalidad de Catemu, Provincia de San Felipe de Aconcagua
RUT: 69.050.900-8 
Dirección: Borja García Huidobro 025, Catemu

II. CARACTERISTICAS DE LOS CARGOS 
ORDEN
CARGOS GRADO
E.S.M. REQUISITOS CARGO
D-01 01 06° Profesional de a lo menos 8 semestres DIRECTOR (A) DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
J-01 01 11° Profesional de a lo menos 8 semestres o título técnico JEFE DE MEDIO AMBIENTE ASEO Y ORNATO

Perfiles de los cargos:
Orden D-01: Orientación al servicio público, adherencia a las normas y procedimientos de trabajo, responsabilidad, trabajo en equipo y probidad en la función pública, con conocimientos y experiencia en áreas de finanzas y administración municipal.

Orden J-01: Orientación al servicio público, adherencia a las normas y procedimientos de trabajo, responsabilidad, trabajo en equipo y probidad en la función pública, con conocimientos y experiencia en administración de contratos de áreas verdes y recolección de residuos domiciliarios.


III. REQUISITOS GENERALES 
1. Los establecidos en el Art. 10º de la Ley 18.883, Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales, según se detalla continuación: 

a) Ser ciudadano. 
b) Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. 
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo. 
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. 
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. 
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito. 

2. No estar afecto a alguna de las causales de inhabilidad previstas en el Art. 56º de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 

IV. REQUISITO OBLIGATORIO O MINIMO: 
Orden D-01: Título profesional otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, en el área que la municipalidad lo requiera; de a lo menos, ocho semestres. Perfil deseable: Conocimientos en el ámbito municipal, con estudios adicionales, cursos de perfeccionamiento o seminarios; además, con experiencia laboral acreditada en dicho perfil. 

Orden J-01: Título profesional otorgado por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste, en el área que la municipalidad lo requiera; de a lo menos, ocho semestres, o título técnico que cumpla los requisitos; fijados para la planta de técnicos Perfil deseable: Conocimientos en el ámbito municipal, con estudios adicionales, cursos de perfeccionamiento o seminarios; además, con experiencia laboral acreditada en dicho perfil. 

V. ACREDITACION DE REQUISITOS 
Para los efectos del concurso, los requisitos establecidos serán acreditados por el postulante mediante exhibición de copias simples de documentos o certificados oficiales, según se detalla más abajo. 

1. Ficha de Postulación, adjunta en las bases.

2. Certificado de Nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o fotocopia de cédula nacional de identidad por ambos lados. 

3. Certificado expedido por una Oficina Cantonal o por el Cantón Virtual de la Dirección General de Movilización Nacional (cuando fuere procedente), conforme a lo dispuesto en el Art. 6°, inciso segundo, del Decreto N°210, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, con una vigencia no superior a noventa días.

4. El requisito de título profesional mencionado en el punto IV, se acreditará mediante los títulos conferidos en la calidad de profesional, de conformidad a las normas vigentes en materia de Educación Superior. 

5. Declaración jurada simple que indique: (Se adjunta formato de Declaración Jurada Simple)
Tener salud compatible con el desempeño del cargo. 
No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha del cese de las funciones. 
No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos ni hallarse condenado por crimen o simple delito. 
No estar afecto a algunas de las causales de inhabilidad establecidas en el Art. 56º de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 

Además de la documentación mínima exigible antes detallada, es deseable la presentación de: 
Currículum Vitae, actualizado. 
Documentación relativa a cursos de perfeccionamiento, seminarios y antigüedad, según el perfil del cargo, lo que debe ser acreditado mediante certificados o contratos de trabajo y/o resoluciones, en el caso de experiencia laboral. 

VI. GENERALIDADES 
a) Las presentes Bases de Concurso Público, están destinadas a reglamentar el llamado a concurso, revisión y evaluación de antecedentes, y selección de los postulantes para proveer los cargos que se indican, en la Planta de Personal de la Municipalidad de Catemu. 
b) El Comité de Selección estará conformado por los tres funcionarios de mayor jerarquía de la Planta de Personal de la Municipalidad de Catemu y la Directora (S) de Administración y Finanzas, siendo presidida por el funcionario a quien corresponde subrogar al Alcalde (Art. 19º y 33º Ley Nº18.883). Este comité se encargará de efectuar el llamado a Concurso Público, recibir los antecedentes, seleccionar concursantes, evaluar antecedentes y confeccionar las ternas a proponer al Sr. Alcalde. 
c) Se entenderá por antecedentes de postulación, los documentos exigidos para acreditar los requisitos para desempeñar los cargos vacantes. 
d) Se entenderá por postulantes válidos a todos aquellos concursantes que cumplan con las Bases del Llamado a Concurso y reúnan los requisitos para ingresar a la Administración Municipal (Art. 10º Ley 18.883) y no estar afectos a causales de inhabilidad. 
e) Se entenderá por postulantes idóneos a todos aquellos que, además de cumplir con los requisitos del Llamado a Concurso, en el proceso de evaluación obtengan un puntaje igual o superior a 60%. 
f) La evaluación de los postulantes se hará en base a los antecedentes aportados por ellos y una entrevista personal, de acuerdo a la metodología que se describe más adelante. 

VII. DEL LLAMADO A CONCURSO 
a) El llamado a concurso se hará mediante publicación en un diario de mayor circulación comunal y en la página web del Municipio. Además, se colocarán avisos en las dependencias del Municipio y se informará a las municipalidades de la Región de Valparaíso mediante correo electrónico. En dicho aviso se indicará los cargos vacantes, requisitos, antecedentes solicitados, fecha tope de recepción de éstos y el día en que se resolverá el Concurso (Art. 18º Ley 18.883). Entre la publicación y el concurso no podrá mediar un lapso inferior a ocho días. 
b) Podrán participar en el Concurso todas las personas que cumplan con los requisitos señalados en las presentes Bases. 

VIII. PROCEDIMIENTO DE POSTULACION 
1. Fecha y lugar retiro de bases: 
Desde el día 02 al 09 de diciembre de 2019 en el Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Catemu, en días hábiles, de 09:00 a 14:00 horas. 
Además, las bases estarán publicadas en la página web de la Municipalidad, www.municatemu.cl 

2. Recepción de Antecedentes: 
Se recibirán en sobre cerrado, caratulado con la orden a la que postula, hasta las 14:00 horas del día 13 de diciembre de 2019, en Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Catemu (en días hábiles, de 09:00 a 14:00 horas). 
No se recibirán postulaciones ni antecedentes fuera de plazo, como tampoco las postulaciones realizadas por medios electrónicos. No serán consideradas dentro del proceso de selección aquellas postulaciones recibidas por correo postal que excedan el plazo máximo de recepción de antecedentes, aun cuando se consigne en el timbre de la empresa de correos que se despacharon dentro de ese plazo. 

IX. ENTREVISTA 
En base a los antecedentes recepcionados, se procederá a realizar entrevista personal a los preseleccionados que cumplan con los requisitos solicitados, en dependencias del Edificio Consistorial, calle Borja García Huidobro 025, Catemu, de acuerdo a horario que se informará oportunamente a cada concursante. 

X. PROPOSICIÓN DE TERNAS 
El Comité de Selección propondrá al alcalde la nómina de postulantes, con un máximo de tres por cargo, que hubieren obtenido los mejores puntajes y alcancen 60 puntos, ordenados de mayor a menor. 

XI. RESOLUCION DEL CONCURSO 
En virtud de lo señalado en el artículo 20º de la Ley 18.883, el alcalde seleccionará a una de las personas propuestas en cada terna y notificará personalmente o por carta certificada a los interesados, quienes deberán manifestar su aceptación de los cargos formalmente, dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación. 

Los postulantes seleccionados deberán entregar la documentación original requerida dentro del plazo que se indique, para los efectos de cumplir con el Art. 11º del Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales. Si alguno no lo hiciere, o bien rechazare el ofrecimiento, la autoridad deberá nombrar a otro de los postulantes propuestos. 

XII. FECHA DE RESOLUCION DEL CONCURSO 
El Concurso se resolverá el día 23 de diciembre de 2019. 

XIII. ASUNCION DEL CARGO 
Quienes fueren nombrados en los cargos, deberán asumir sus funciones a contar del 30 de diciembre de 2019, previa acreditación de requisitos con documentos oficiales y auténticos. 

XIV. DECLARACION 
El Concurso podrá ser declarado desierto sólo por falta de postulantes idóneos, entendiéndose que existe tal circunstancia cuando ningún postulante alcance el puntaje mínimo establecido en las presentes Bases o cuando se produzca algunas de las incompatibilidades señaladas en el Art. 83º y siguientes de la Ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales. 

En caso de existir materias no contempladas en estas bases y relacionadas con la selección de personal, éstas serán resueltas por el Comité de Selección. 

XV. DE LA SELECCIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE POSTULANTES 
En una primera etapa de preselección, el Comité de Selección efectuará la revisión y análisis de cada una de las postulaciones, verificando que cumplan con todos los requisitos generales y obligatorios. De esta manera, los postulantes que no den cumplimiento a la totalidad de los requisitos exigidos, quedarán fuera de concurso. Se levantará un acta respecto del trabajo realizado, la que será firmada por todos los integrantes del Comité de Selección. El concurso podrá declararse desierto al no existir postulantes, o bien, por no haberse dado cumplimiento a los requisitos establecidos. 

XVI. EVALUACION DEL COMITÉ DE SELECCION 
1. La evaluación de los postulantes que pasen la etapa anterior, la efectuará el Comité de Selección sobre la base de las pautas establecidas a continuación, para lo cual considerarán los factores que se indican: 
A) ANTECEDENTES ACADEMICOS: 30% 
Estudios en instituciones de educación superior del Estado o reconocida por éste, Cursos de Formación Educacional y Capacitación (%)
Título profesional y otros estudios y cursos de perfeccionamiento o seminarios, en el área del perfil del cargo. 30
Título profesional en el área del perfil del cargo, sin otros estudios. 20
Título profesional en otras áreas. 10

B) EXPERIENCIA LABORAL: 20% 
Experiencia Laboral (%)
Posee experiencia laboral en el sector municipal en el área del perfil solicitado por más de siete años 20
Posee experiencia laboral en el sector público, en otras áreas, o menos de siete años en el área municipal y perfil solicitado 10
Posee experiencia laboral en el sector privado. 8
No posee experiencia 0
NOTA: El puntaje obtenido en este ítem es mutuamente excluyente.

C) APTITUDES ESPECÍFICAS: 50% 
Aptitudes Específicas para el Desempeño del Cargo (%)
Muy bueno Responde el 100% de las preguntas, demuestra conocimiento, aplicación de criterio, capacidad analítica e iniciativa. 50
Bueno Responde la mayoría de las preguntas evitando las más complejas, posee sentido común y cierta iniciativa 30
Regular Demuestra solamente conocimientos generales, cierta deficiencia en análisis e iniciativa para situaciones planteadas 15
Deficiente No demuestra conocimientos básicos para desempeñar el cargo. 0

a) Las aptitudes específicas para el cargo se evaluarán a través de una entrevista personal, debiendo el Comité de Selección asignar el puntaje en cada caso. 

b) La entrevista personal consistirá en una conversación entre cada postulante calificado y el Comité de Selección. Concluida la entrevista, el Comité deliberará para concordar el puntaje que corresponde aplicar de acuerdo a la tabla preestablecida. 

2. Para calcular el puntaje total de cada concursante, se procederá de la siguiente manera: 

a) Se preparará una ficha de evaluación por cada postulante, la que contendrá la identificación del concursante y los factores, con sus correspondientes categorías y puntajes. En ella, el Comité de Selección registrará el puntaje que asigne en cada factor, determinando la alternativa que corresponda. 

b) Se sumarán los puntajes obtenidos en cada uno de los factores, siendo el resultado el Puntaje Final de Postulación. El secretario del Comité de Selección será el encargado de confeccionar el Acta de Evaluación por cada concursante, según el acuerdo alcanzado por el Comité en su conjunto. 

c) Terminado el proceso de Evaluación, el Comité de Selección procederá a preparar las ternas para los cargos, las que estarán conformadas por los postulantes que hayan obtenido los puntajes más altos en el proceso de selección y que alcancen el puntaje mínimo 60%.

XVII. CRONOGRAMA DEL CONCURSO 
Actividades Fechas
Reunión Comité Constitución 25-11-2019
Reunión Elaboración y Aprobación de Bases 25-11-2019
Publicación 28-11-2019
Despacho Notificación a Municipalidades 02-12-2019
Entrega de bases 02-12-2019 al 09-12-2019 de 9:00 a 14:00 horas.
En Oficina de Finanzas y Personal I. Municipalidad Catemu, Borjas García Huidobro Nº 025 Catemu
Recepción de Antecedentes Hasta el 13-12-2019 14:00 Horas
En Oficina Finanzas y Personal I. Municipalidad Catemu
Revisión de Antecedentes 16 y 17-12-2019 desde las 09:00 horas
Entrevista Personal a Postulantes 19-12-2019 desde las 9:30 horas.
Definición del Concurso 23-12-2019 desde las 09:00 horas.
Notificación de la persona Seleccionada por Alcaldía 26-12-2019

DECLARACION JURADA SIMPLE
NOMBRE: 
DOMICILIO: 
RUT: 

Bajo Juramento Declaro: 

No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, como lo establece el artículo 10°, letra e), de la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo de los funcionarios Municipales. 

No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito, como lo establece el artículo N°10, letra f), de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los funcionarios Municipales. 

Tener salud compatible para el ejercicio del cargo que postulo, como lo establece el artículo N° 10, letra c), de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los funcionarios Municipales. 

De conformidad a la letra a) del Artículo 56 de la Ley N° 18.575, no tengo vigente o he suscrito directamente o por terceros, algún tipo de contrato o caución igual o superior a doscientas U.T.M., como tampoco tengo algún litigio pendiente con la Municipalidad de Catemu. 

De conformidad a la letra b) del artículo N° 56 de la Ley 18.575, no tengo la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades (Alcalde y Concejales) y de los funcionarios Directivos de la Municipalidad de Catemu, hasta nivel de Jefe de Departamento o su equivalente, inclusive. 

Declaro saber que de ser falsa esta declaración, estoy incurriendo en las penas que establece el Art. 210 del Código Penal. 

__________________________
FIRMA DEL DECLARANTE

FECHA:

FICHA DE POSTULACION

NOMBRE:  
DOMICILIO: 
CELULAR: 
EMAIL: 

DESCRIPCION DEL CARGO: 
Planta: 
N° de Orden: 


IMPORTANTE: Debe presentar los antecedentes requeridos en sobre cerrado 




__________________________
FIRMA DEL DECLARANTE




FECHA:

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