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martes, 3 de junio de 2025

Proyecto de Ferias Libres busca establecer que los titulares de permisos no puedan seguir trabajando al cumplir 65 años


3 de junio del 2025.- La Sala de la Cámara inició hoy el análisis del proyecto (boletín 17117) que reconoce y fortalece a las ferias libres como pilar de la alimentación y el desarrollo local. Sin embargo, dado el amplio interés despertado por las y los diputados en el debate, donde intervinieron más de 35 legisladores/as, su discusión y votación quedó postergada para mañana, miércoles 3 de junio.

La iniciativa, ingresada a trámite en septiembre de 2024, se orienta a otorgar un reconocimiento jurídico a las ferias libres. Para ello establece un marco de regulación, protección y fomento a estas, en cuanto unidades productivas asociativas que contribuyen al desarrollo local y cumplen un rol en la promoción de la seguridad alimentaria y nutricional del país.

El informe de la Comisión de Gobierno Interior lo presentó el diputado Bernardo Berger. Según explicó, la propuesta también establece una regulación básica respecto a otros tipos de ferias que no sean ferias libres. Además, contiene una serie de definiciones que permite la adecuada comprensión de la actividad y un reconocimiento a quienes participan de ella.

A su vez, indicó que, luego de un largo debate, se aprobó una indicación sustitutiva que establece que se considerarán ferias libres aquellas ubicadas tanto en zonas urbanas como rurales. Estas deberán contar con permisos para la venta de productos alimenticios de origen vegetal o animal en un porcentaje mínimo de entre un 51% y un 70%. La ordenanza local de ferias libres definirá dentro de este rango los porcentajes, atendiendo a la realidad de cada comuna.

Asimismo, se incorporó un artículo nuevo, fruto de una indicación parlamentaria. Esta establece que cada ordenanza local de ferias libres deberá establecer un mecanismo que permitirá a las y los titulares de permisos en ferias libres, desde los 65 años de edad, designar a un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad para que continúe ejerciendo la actividad, mediante la emisión de un nuevo permiso, que sustituya al anterior.

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